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Según sentencia del TS de fecha 24.05.2007, contra la Orden reguladora de las condiciones y requisitos técnicos de instalación y funcionamiento de las consultas dentales y laboratorios de prótesis dental, dictada por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, de fecha 29.05.2002, se establece la nulidad y no ser conforme a derecho la exigencia que establece en el articulo 4.4, respecto a que los Odontólogos deben facilitar a los profesionales protésicos, información sobre la fecha de nacimiento del paciente y el número de su historia médica o clínica. RESOLUCION ( Expediente 635/07, seguido Colegio Odontólogos Estomatólogos de Las Palmas ) Para ver la resolución completa pinche aqui
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